Año 1 Nº 6

Del 16 de junio al 30 de junio de 2008

   
 

Alertan sobre posibles retrocesos
Ley de Violencia como delito

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar en la que se incorpora la agravante en el delito de lesiones por violencia familiar en el Código Penal con fórmulas legales que constituyen un retroceso para la erradicación y sanción de la violencia ejercida en el ámbito familiar.

Tras anunciadas intenciones, proyectos y pretensiones de penalizar la violencia familiar como delito, este dictamen, recaído en los Proyectos de Ley Nº 155/2006-CR, Nº 311/2006-CR, 542/2006-CR y Nº1614/2007-CR, es un retroceso a lo avanzado. Ello es así pues, se sigue considerando como faltas las lesiones de hasta 10 días de incapacidad causadas en un marco de violencia familiar; además, la sanción prevista sigue siendo “trabajo comunitario”. En este campo, el único cambio establecido con la norma es que la violencia familiar constituirá un agravante en el caso de lesiones que superen los 10 días de incapacidad.

Asimismo, se ha regresado a la posibilidad de conciliar en materia de violencia familiar debido a que la norma aprobada faculta a la Policía Nacional a propiciar la conciliación en los casos de violencia familiar que sean tramitados como faltas. Esta modalidad deja en la impunidad a quien ha cometido el acto de agresión.
(Claudia Pérez, Programa de Derechos Humanos).

 

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Ley Nº 29247. Ley que deja sin efecto el Decreto Supremo Nº 005-2007-MIMDES que creó la Dirección General de Protección Social y adscribió la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF a la Secretaria Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES .

La presente Ley tiene por objeto dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 005-2007-MIMDES que creó la Dirección General de Protección Social y adscribió la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF a la Secretaria Nacional de Adopciones del MIMDES.

Asimismo, la Ley restituye al Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS) la calidad de Unidad Ejecutora del MIMDES atendiendo a las demandas de las organizaciones de la sociedad civil, principalmente del movimiento de mujeres, para que el Estado garantice el ejercicio de los derechos de las mujeres y cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de violencia.

El PNCVFS se creó en abril del 2001 como órgano dependiente del Despacho Ministerial y se concibió como el órgano encargado de diseñar y ejecutar a nivel nacional acciones y políticas de prevención, atención y apoyo a las personas involucradas en hechos de violencia familiar y sexual, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de la población, desde una perspectiva de género.

Sin embargo, desde su creación fue debilitándose hasta que con el Decreto Supremo Nº 005-2007-MIMDES se sello la extinción del PNCVFS, dejando desprotegidos los derechos individuales de las mujeres; desatendiendo las causas sociales y estructurales que sustentan y legitiman la existencia de la violencia; e incumpliendo con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Peruano para la defensa de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.  (Publicado en el Diario Oficial “El Peruano” 25 de junio de 2008).

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Ordenanza Regional Nº 001-2008-GRA-CR. Aprueban Lineamientos de Políticas, Objetivos Estratégicos y Metas del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones.

La presente Ordenanza aprueba los Lineamientos de Políticas, Objetivos Estratégicos y Metas del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones, institucionaliza la perspectiva de equidad de género en Políticas Públicas, Planes Regionales y Prácticas de Estado. Para dichos efectos, asigna la responsabilidad directa para desplegar las acciones pertinentes a la Gerencia Regional de Desarrollo Social (Artículo 2).

Con dicha norma el Gobierno Regional de Ayacucho atiende a la iniciativa del Instituto Regional de la Mujer Ayacuchana (IRMA), organismo rector del sector mujer, a fin de promover una cultura de equidad de género y contribuir a la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres. (Publicado en el Diario Oficial “El Peruano” 28 de junio de 2008).

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Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán
Parque Hernán Velarde Nº 42, Lima 1
Teléfono 4331457  4332765

e-mail: consultalegal
@flora.org.pe
Responsable del Programa de Derechos Humanos: Ivonne Macassi León
Redacción:
Claudia Pérez Huamaní
Edición y diagramación: Julia Vicuña Yacarine

 

 

 

 
 

 

Diseño: Julia Vicuña Yacarine